Asesoramiento legal para la compra de inmuebles en Sotogrande por Babiano Abogados

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El sector inmobiliario de lujo ha sido durante los últimos años en España un sector emergente, siendo Sotogrande un enclave de renombre mundial que ha sido un ejemplo destacado del sector inmobiliario de lujo español ya que ofrece discreción, grandes campos de golf, playas y un sinfín de actividades deportivas para todas las edades.

Durante los últimos años, en Babiano Abogados hemos estado prestando asesoramiento jurídico a un gran número de clientes extranjeros que han comprado propiedades en Sotogrande, la mayoría de ellas villas de lujo desarrolladas por La Reserva Club. La gran mayoría de estos clientes han decidido invertir en el sector inmobiliario de lujo de Sotogrande para tener aquí, en esta zona, una segunda residencia. La mayoría de estos clientes son personas de un perfil alto, profesionalmente muy ocupados, que han visto en Sotogrande un lugar tranquilo donde poder relajarse y reunirse con todos los miembros de la familia un par de veces al año. Sotogrande les ofrece la discreción y la paz de la que todos los centros financieros carecen y las villas de lujo la posibilidad de poder acomodar a todos los miembros de la familia.

A pesar de que la asistencia jurídica no es obligatoria por ley a la hora de comprar un inmueble en España, siempre es muy recomendable que los posibles inversores se pongan en manos de abogados desde las primeras etapas de las negociaciones para que puedan ocuparse de todas las cuestiones preliminares.  Sin embargo, y para fines de claridad, los pasos de la compra de una propiedad española son los siguientes:

  1. Auditoría legal: es vital obtener previamente información sobre dicha propiedad en el  Registro de la Propiedad. El Registro de la Propiedad emite la correspondiente Nota Simple que proporciona información de la propiedad (como quién es el propietario real, la existencia de cualquier gravamen, etc.) que es clave antes de seguir con las negociaciones con el vendedor.
  2. Solicitud de información al vendedor: una vez realizada la auditoría anterior, tendríamos que pedir al vendedor los siguientes documentos:
  • Copia del IBI (impuesto sobre bienes inmuebles) con el fin de confirmar que el vendedor ha pagado los impuestos aplicables sobre la propiedad;
  • Si procede, certificado de la comunidad que confirme que el vendedor ha pagado, hasta la fecha de la compra, las cuotas de dicha comunidad;
  • El certificado de eficiencia energética de la propiedad;
  • Facturas de suministros
  • Licencia de primera ocupación que la emite el Ayuntamiento.

También es necesario confirmar con el vendedor cómo se va a realizar el pago y éste también podría solicitar al comprador a su vez la información necesaria para confirmar la procedencia de los fondos.

  1. Firma de la escritura pública: no es necesario, en virtud de la legislación española, firmar un acuerdo privado entre las partes antes de comparecer ante el Notario, pero la firma de una escritura pública ante un Notario Público Español es un requisito legal. Por ejemplo, algunas personas podrían firmar un contrato de arras que incluya una cláusula por la cual la escritura pública deben ser firmadas en X días (normalmente entre 30-60 días) pero otras personas firman directamente la escritura pública ante un Notario Público pero en cualquier caso, esta decisión debe hacerse caso por caso.

Todos los documentos que el vendedor ha proporcionado al comprador también deben ser proporcionados al Notario elegido, a continuación, el Notario redacta la escritura pública que los abogados revisan. Debido a las leyes de prevención de blanqueo de capitales , es obligatorio que el comprador proporcione al Notario información sobre la procedencia de los fondos y una vez que esto se revisa y el Notario asegura que tiene toda la información necesaria, la escritura pública puede ser firmada directamente por el comprador o también podría otorgar un poder notarial al abogado para que la compraventa pueda ser firmada por el abogado en nombre del cliente.

Hay que tener en cuenta que todas las partes, tanto comprador como vendedor, deben tener documento de identidad y si no es español, el número de  identificación  de  extranjeros o NIE que puede obtenerse directamente en cualquier comisaría española.

  1. Inscripción de la escritura y pago de los impuestos aplicables: una vez firmada la escritura de compraventa, el comprador dispone de 30 días para pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Una vez pagados los impuestos, la escritura pública de compraventa debe registrarse en el Registro de la Propiedad.
  2. Actualización del catastro y cambio de titularidad de los suministros: el comprador dispone de 2 meses para informar al catastro de la existencia de un nuevo propietario del inmueble. También es necesario ponerse en contacto con las empresas de suministros para confirmar: (i) que los contratos deben ser transferidos al nuevo propietario; o (ii) que los contratos deben ser rescindidos (siempre que el nuevo propietario desee contactar con otros proveedores).

Tenga en cuenta que si el cliente proporciona a un abogado un poder notarial todos los pasos descritos anteriormente pueden ser realizados directamente por este. En Babiano Abogados llevamos 30 años ofreciendo una completa gama de servicios prestando asistencia sobre todas las cuestiones relacionadas con la compra de inmuebles en España y proporcionando asesoramiento fiscal y contable. Como ejemplo, podemos encargarnos del  proceso de contratación del personal que nuestros clientes puedan necesitar para sus propiedades, podemos encargarnos de toda su contabilidad en España (es decir, pagar facturas, facturas de servicios públicos, tratar con el Ayuntamiento cualquier materia, etc). Nuestras propuestas están siempre hechas a medida y son específicas para cada cliente y sus necesidades. La finalidad de Babiano Abogados es permitir que cualquier cliente que quiera pueda delegar en nosotros la gestión del inmueble una vez adquirido para minimizar cualquier inconveniente.

Si tiene alguna pregunta relacionada con la información anterior o desea información adicional relacionada con la compra de propiedades en España, no dude en enviarme un correo electrónico a martababiano@babianoabogados.com.

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